Ordenanzas, reglamentos y bandos municipales en Galicia: qué son y cómo se aprueban
Diferencia entre ordenanza, reglamento y bando en los concellos gallegos, cómo se aprueban paso a paso, dónde se publican (BOP), cuándo entran en vigor y cómo presentar alegaciones en el periodo de información pública.
Buena parte de lo que afecta al día a día (terrazas, ruido, basura, animales, vados, tasas, aparcamiento) no la regula ni el Parlamento de Galicia ni el Estado: la aprueba tu concello. Y conviene decirlo con precisión: los ayuntamientos y las diputaciones no aprueban leyes, sino ordenanzas, reglamentos y bandos.
Esta guía explica qué es cada figura, cómo se tramita, dónde se publica y en qué momento puedes participar para que tus alegaciones sirvan de algo.
Las tres figuras, sin confundirlas
- Ordenanza: norma general y obligatoria para toda la ciudadanía del municipio. Regula actividades o usos (terrazas, ruidos, residuos) y, en su versión fiscal, los tributos y tasas locales.
- Reglamento: norma que ordena la organización o un servicio concreto del concello (reglamento orgánico, del servicio de agua, de una instalación deportiva).
- Bando: resolución del alcalde o alcaldesa para recordar obligaciones vigentes o dar instrucciones puntuales (fiestas, restricciones de agua, incendios). No crea derecho nuevo ni sustituye a una ordenanza.
Cómo se aprueba una ordenanza o un reglamento
- Consulta pública previa por medios electrónicos, antes incluso de tener el texto, para recoger opiniones sobre el problema y las alternativas.
- Aprobación inicial por el Pleno del concello.
- Información pública y audiencia a los interesados, con un plazo mínimo de treinta días para presentar reclamaciones y sugerencias.
- Resolución de las alegaciones y aprobación definitiva por el Pleno. Si no se presenta ninguna, el acuerdo inicial pasa a definitivo automáticamente cuando así se haya previsto.
- Publicación íntegra del texto en el boletín oficial de la provincia.
Cuándo entra en vigor
No basta con que el Pleno la apruebe: la norma solo produce efectos tras publicarse su texto completo en el BOP y transcurrir el plazo legal de quince días hábiles desde la comunicación a la Administración del Estado y a la Xunta.
Por eso el boletín provincial es la fuente que hay que vigilar: es donde aparece el texto exacto que te obliga, y no la nota de prensa del concello.
Y las diputaciones provinciales
Las cuatro diputaciones gallegas aprueban también ordenanzas y reglamentos propios, sobre todo en materia de recaudación de tributos delegada por los concellos, y sus bases de subvenciones y de empleo público. Todo ello se publica igualmente en el BOP de su provincia.
Cómo alegar y que sirva
Durante la información pública cualquier persona puede presentar reclamaciones por el registro electrónico del concello o de forma presencial. El escrito debe identificar la ordenanza, el artículo concreto y la alternativa que propones, con la razón: una alegación genérica se desestima con una línea.
Si la ordenanza ya está aprobada y definitiva, la vía deja de ser la alegación y pasa a ser el recurso contencioso-administrativo contra la disposición general, con plazos cortos desde su publicación.
Preguntas frecuentes
Enlaces útiles
Sigue lo que aprueba tu concello
Lo local se publica en el boletín provincial y lo autonómico en el DOG. Con una alerta en DOGActivo te avisamos de lo que se publica en el DOG con tus palabras clave.
