Guía· 7 min·Actualizada 2026-08-20

Hoja de reclamaciones de consumo en Galicia: cómo se rellena y qué pasa después

Cómo pedir y rellenar la hoja de reclamaciones en Galicia, dónde presentarla, qué es el arbitraje de consumo y qué plazos tiene el Instituto Galego do Consumo.

Todo establecimiento abierto al público en Galicia está obligado a tener hojas de reclamaciones a disposición del cliente y a anunciarlo con un cartel visible. Negarse a darlas es en sí mismo una infracción.

Aquí te contamos cómo se rellena, dónde se presenta, qué diferencia hay entre reclamar y denunciar, y cómo funciona el arbitraje de consumo, que es gratuito y resuelve en pocos meses.

Reclamación, denuncia y solicitud de arbitraje

  • Reclamación: buscas una solución para ti (devolución, reparación, cumplimiento del contrato).
  • Denuncia: pones en conocimiento una infracción para que la Administración sancione; no obtienes compensación directa.
  • Solicitud de arbitraje: pides que un órgano arbitral resuelva el conflicto con laudo vinculante, gratis y sin abogado.

Cómo se rellena la hoja

  1. Datos del establecimiento: nombre comercial, NIF, dirección y actividad.
  2. Tus datos completos y un medio de contacto.
  3. Hechos: qué compraste o contrataste, cuándo, qué falló y qué te dijeron.
  4. Petición: la cantidad concreta o la solución que reclamas.
  5. Documentación: ticket, factura, contrato, presupuesto, garantía, capturas de la publicidad.
  6. Firma tuya y del establecimiento (si se niega a firmar, hazlo constar; la reclamación sigue siendo válida).

Qué hacer con las copias

La hoja tiene tres ejemplares: uno para el establecimiento, uno para ti y uno para la Administración. Si el comercio no resuelve en un plazo razonable, presentas tu copia y la de la Administración en la oficina municipal de información al consumidor (OMIC) de tu concello o en el Instituto Galego do Consumo.

También puedes presentarla telemáticamente por la sede electrónica de la Xunta, adjuntando escaneada la hoja y la documentación.

El arbitraje de consumo

Es la vía más eficaz para conflictos de importe pequeño y medio: gratuita, sin abogado ni procurador, y con un laudo que se ejecuta como una sentencia. La pega es que la empresa debe estar adherida al sistema o aceptar someterse al caso concreto.

Los establecimientos adheridos llevan el distintivo con el logotipo de arbitraje de consumo. Si la empresa no acepta, quedan la vía judicial ordinaria y la reclamación de cantidad en el juzgado.

Plazos que conviene recordar

  • Garantía de bienes: 3 años desde la entrega para productos comprados a partir de 2022.
  • Falta de conformidad: debes comunicarla en cuanto la detectes; conserva la prueba de cuándo lo hiciste.
  • Derecho de desistimiento en compras a distancia: 14 días naturales, sin justificación.
  • Reclamaciones de suministros (luz, agua, telefonía): plazos específicos de cada sector, normalmente entre 1 y 3 meses.
  • Prescripción general de acciones personales: 5 años.

Paso a paso

  1. 1

    Pide la hoja en el propio establecimiento

    Están obligados a tenerla. Si se niegan, llama a la Policía Local para que levante acta o deja constancia por escrito.

  2. 2

    Rellénala con hechos y petición concreta

    Sin adjetivos: fechas, importes y lo que pides. Adjunta ticket o factura.

  3. 3

    Da margen al comercio para resolver

    Muchos conflictos se cierran ahí. Si no responden, sigue adelante.

  4. 4

    Preséntala en la OMIC o en el Instituto Galego do Consumo

    Presencialmente o por la sede electrónica de la Xunta, con la documentación escaneada.

  5. 5

    Valora el arbitraje

    Marca la casilla de sometimiento a arbitraje: es gratis, rápido y el laudo obliga a las dos partes.

Preguntas frecuentes

Enlaces útiles

Normativa de consumo, al día

Las campañas de inspección, las sanciones y las normas de consumo se publican en el DOGA. Te las resumimos cada mañana.

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