Guía· 9 min·Actualizada 2026-08-26

Bono de alquiler joven en Galicia: requisitos, cuantía y cómo pedirlo

Bono de alquiler joven en Galicia: quién puede pedirlo, hasta qué edad, cuánto se cobra al mes, qué papeles hacen falta, cómo se solicita en la sede de la Xunta y cuándo se abre el plazo en el DOG (DOGA).

El bono de alquiler joven es una de las ayudas de vivienda más buscadas en Galicia: una aportación mensual para ayudar a jóvenes a pagar el alquiler de su vivienda habitual. Se gestiona a través del Instituto Galego da Vivenda e Solo (IGVS) y sus convocatorias se publican en el DOG.

En esta guía te explicamos en qué consiste, a quién va dirigido, qué requisitos suele pedir y cómo seguir las convocatorias de vivienda para no perder el plazo.

Qué es y a quién va dirigido

El bono de alquiler joven es una ayuda económica mensual destinada a personas jóvenes (habitualmente hasta 35 años) para facilitar el pago del alquiler de su vivienda habitual y permanente. La cuantía y la duración se fijan en cada convocatoria.

Suele dirigirse a jóvenes con ingresos limitados que ya tienen o van a firmar un contrato de alquiler, con topes de renta del alquiler para poder acogerse.

Requisitos habituales

  • Edad dentro del límite fijado en la convocatoria (normalmente hasta 35 años).
  • Ser titular de un contrato de alquiler de vivienda habitual en Galicia.
  • No superar los límites de renta y de ingresos que marque la convocatoria.
  • Estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

Cuánto se cobra y durante cuánto tiempo

La cuantía no es libre: cada convocatoria fija un porcentaje de la renta mensual con un tope en euros y un número máximo de mensualidades. En las ediciones estatales del Plan Estatal de Vivienda el bono se movió en el entorno de los 250 € al mes durante un máximo de dos años, y las ayudas autonómicas gallegas de alquiler suelen cubrir un porcentaje de la renta con topes por tramos de ingresos.

Nunca des por buena una cifra vista en prensa o en otra web: el importe exacto, el tope de renta del contrato y la duración están en la orden de convocatoria publicada en el DOG. Es el único dato que vincula a la Administración.

Documentación que te van a pedir

  • DNI o NIE en vigor de la persona solicitante y de todas las que figuren en el contrato.
  • Contrato de alquiler completo y firmado, con referencia catastral de la vivienda.
  • Justificante del depósito de la fianza en el IGVS (este es el punto que más solicitudes tumba).
  • Certificado de empadronamiento en la vivienda alquilada.
  • Declaración de la renta del ejercicio que indique la convocatoria, o certificado de imputaciones si no estás obligado a declarar.
  • Certificados de estar al corriente con la Agencia Tributaria, ATRIGA y la Seguridad Social.
  • Número de cuenta a tu nombre y justificantes de pago del alquiler (transferencia o recibo bancario, nunca en efectivo).

Los errores que más solicitudes dejan fuera

  • Pagar el alquiler en efectivo: sin rastro bancario no se puede justificar y se deniega.
  • No tener la fianza depositada en el IGVS antes de solicitar la ayuda.
  • Superar el tope de renta mensual del contrato aunque cumplas el resto de requisitos.
  • Solicitar fuera de plazo: los plazos son cortos y no hay prórroga.
  • No estar empadronado en la vivienda para la que pides la ayuda.
  • Ser propietario de otra vivienda, salvo las excepciones tasadas que recoja la convocatoria.

Otras ayudas de vivienda en Galicia que conviene mirar

El bono de alquiler joven no es la única vía. El IGVS convoca también el Programa de Vivienda de Alquiler para personas con dificultades, ayudas a la rehabilitación y mejora de la eficiencia energética, y el Rexistro Único de Demandantes de Vivenda Protexida da acceso a promociones de vivienda protegida.

Si no encajas en el bono joven por edad o ingresos, merece la pena revisar estas líneas: se publican en el mismo diario oficial y muchas veces tienen menos competencia por los fondos.

Cómo seguir las convocatorias sin perder el plazo

Las ayudas de vivienda las convoca el IGVS y se publican en el DOG (DOGA), con solicitud en la sede electrónica de la Xunta. Los fondos son limitados y en algunas ediciones se resuelve por orden de entrada, así que presentar el primer día puede marcar la diferencia.

Si activas un aviso con los términos 'alquiler', 'vivienda joven' o 'IGVS', te llegará un correo en cuanto se publique la convocatoria y podrás preparar la documentación con margen en vez de a contrarreloj.

Paso a paso

  1. 1

    Comprueba que cumples los requisitos

    Edad, contrato de alquiler de vivienda habitual en Galicia, ingresos dentro de los límites y renta mensual por debajo del tope de la convocatoria.

  2. 2

    Deposita la fianza en el IGVS

    Si el arrendador no lo ha hecho, exígeselo: sin el depósito de fianza registrado la solicitud se deniega.

  3. 3

    Reúne la documentación

    DNI, contrato, empadronamiento, declaración de la renta, certificados de estar al corriente y justificantes bancarios del pago del alquiler.

  4. 4

    Espera la publicación en el DOG

    La orden de convocatoria fija el plazo exacto, la cuantía y el modelo de solicitud. Antes de esa publicación no se puede presentar nada.

  5. 5

    Presenta la solicitud en la sede electrónica

    Con certificado digital o Chave365, dentro del plazo y adjuntando toda la documentación en el mismo envío.

  6. 6

    Vigila los requerimientos de subsanación

    Se notifican electrónicamente y suelen dar 10 días hábiles. No contestar equivale a desistir de la ayuda.

Preguntas frecuentes

Enlaces útiles

Entérate cuando se abra el bono de alquiler

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