Listas definitivas de admitidos y excluidos para el Cuerpo Superior de la Xunta (A1)
Análisis detallado
Qué cambia
Esta resolución oficializa el cierre de la fase de subsanación de errores en el proceso selectivo para el Cuerpo Superior de la Administración General de la Xunta de Galicia (Subgrupo A1). Tras la revisión de las reclamaciones a las listas provisionales, la Administración eleva a definitivas las relaciones de aspirantes que pueden continuar en el proceso de oposición, determinando quiénes quedan fuera del mismo de forma irreversible en vía administrativa.
A quién afecta y cómo
- Aspirantes admitidos: Quedan confirmados para participar en las pruebas de la oposición. Deben verificar su estado en el portal Fides para asegurar su convocatoria a los exámenes.
- Aspirantes excluidos definitivamente: Pierden la posibilidad de participar en el proceso selectivo. Tienen derecho a solicitar la devolución de las tasas de examen, siempre que no sea por renuncia voluntaria.
- Personas que no figuran en ninguna lista: Al igual que los excluidos, pueden solicitar el reembolso de los derechos de examen abonados.
- Dirección General de Empleo Público y Administración de Personal: Como órgano gestor encargado de la tramitación de las devoluciones y la resolución de posibles recursos.
Plazos y entrada en vigor
- Consulta de listas: Disponibles desde el día de la publicación en los portales web indicados (*fides.xunta.gal* y *funcionpublica.xunta.gal*).
- Devolución de tasas: El plazo es de dos (2) meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el DOG.
- Recurso de reposición (potestativo): Plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación en el DOG.
- Recurso contencioso-administrativo: Plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación en el DOG.
Qué hacer ahora
- Verificación de estado: Acceder a la aplicación Fides (apartado "Expediente") o al portal de Función Pública para confirmar la presencia en la lista definitiva de admitidos.
- Gestión de datos bancarios: Si ha sido excluido, debe incluir obligatoriamente un número de cuenta en el apartado de "Datos personales" de Fides para poder recuperar el dinero.
- Solicitud de reembolso: En caso de exclusión, presentar un escrito dirigido a la Dirección General de Empleo Público y Administración de Personal solicitando la devolución dentro del plazo de dos meses; de lo contrario, se perderá el derecho al cobro.
- Preparación o Impugnación: Si está admitido, continuar con la preparación de la oposición. Si considera que la exclusión es injusta, interponer el recurso de reposición o contencioso en los plazos legales señalados.
A quién afecta
Plazo
dos (2) meses a partir del día siguiente al de la publicación en el DOG
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