La Xunta de Galicia excluye a un aspirante del proceso de estabilización para bombero forestal jefe de brigada

2026-11-05· Oposiciones y concursos· Consellería de Hacienda y Administración Pública Alto impacto

Análisis detallado

Qué cambia Esta resolución modifica los listados definitivos de personas admitidas y excluidas en el proceso selectivo extraordinario de estabilización (Ley 20/2021) para el personal laboral de la Xunta de Galicia. Concretamente, se procede a la exclusión formal de un aspirante en la categoría de bombero/a forestal jefe/a de brigada, basándose en la incompatibilidad de participar en procesos de acceso para categorías en las que ya se ostenta la condición de personal laboral fijo.

A quién afecta y cómo

  • Aspirantes de la categoría 100 (Grupo III): Afecta directamente al proceso selectivo de bombero/a forestal jefe/a de brigada del grupo III de personal laboral de la Xunta de Galicia.
  • Persona excluida: El ciudadano Miguel Purriños Rodríguez queda fuera del proceso selectivo por el turno de acceso libre.
  • Personal laboral fijo: Se refuerza el criterio de exclusión para cualquier trabajador con contrato fijo que intente participar en un proceso de estabilización para la misma categoría que ya ocupa, evitando duplicidades o fraude de ley en el sistema de acceso.
  • Resto de opositores: La exclusión de aspirantes altera el orden y la concurrencia real en el sistema de concurso-oposición, afectando indirectamente a la posición relativa del resto de candidatos en el listado definitivo.

Plazos y entrada en vigor

  • Recurso de alzada: Los interesados pueden interponer un recurso de alzada ante el conselleiro de Hacienda y Administración Pública en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia (DOG).
  • Fecha de firma: La resolución fue dictada el 23 de octubre de 2026.

Qué hacer ahora

  • Verificación de listados: Si es aspirante en la categoría 100 del grupo III, debe revisar si esta exclusión afecta a su posición en el proceso o al número total de plazas en disputa.
  • Ejercicio de derechos: En caso de que la persona afectada considere que la causa de exclusión (desistimiento o pertenencia previa a la categoría) es errónea, deberá presentar el recurso de alzada mencionado dentro del plazo de un mes natural.
  • Seguimiento normativo: Consultar las resoluciones previas citadas (de septiembre de 2023 y diciembre de 2022) para comprender el marco completo de las bases que rigen este proceso de estabilización extraordinario.

A quién afecta

OpositoresFuncionarios

Plazo

un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia

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