Guía· 8 min·Actualizada 2026-07-29

Permisos de quema en Galicia: cuándo se pueden hacer, cómo se solicitan y multas

Quién puede hacer quemas agrícolas o de restos forestales en Galicia, cómo se solicita el permiso a la Consellería do Medio Rural, épocas prohibidas, condiciones de seguridad y sanciones publicadas en el DOGA.

En Galicia, hacer una quema en el campo sin permiso puede acabar en una multa considerable y, en el peor de los casos, en responsabilidad penal por un incendio forestal. La normativa la marca la Ley 3/2007 de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia y las órdenes anuales que publica la Consellería do Medio Rural en el DOGA.

Esta guía resume cuándo se pueden hacer quemas de restos agrícolas y forestales, cómo se pide el permiso a través de Seaga y qué precauciones hay que cumplir para no acabar sancionado.

Tipos de quema regulados

  • Quemas de restos agrícolas (podas, matorral bajo, rastrojos): las más habituales.
  • Quemas de restos forestales (aclareos, cortas): con requisitos más estrictos.
  • Quemas prescritas por la Administración para gestión forestal preventiva.
  • Fuegos técnicos o de aprovechamiento pastoril: solo autorizados a agentes forestales.

Épocas prohibidas

Durante la época de alto riesgo de incendios (habitualmente del 1 de julio al 30 de septiembre, con posibles ampliaciones por sequía) están totalmente prohibidas las quemas al aire libre en el monte y en las franjas de protección. La declaración exacta y las ampliaciones se publican en el DOGA cada año.

Fuera de esa época, las quemas requieren siempre autorización previa, incluso si son en tu propia finca.

Cómo solicitar el permiso

  1. Solicitar la autorización por teléfono al 012 o a través de la app y la sede electrónica de la Xunta.
  2. Aportar tus datos, la localización de la parcela (referencia catastral) y el tipo de resto que vas a quemar.
  3. Recibir el número de autorización y respetar la fecha y la franja horaria asignadas (normalmente entre el amanecer y las 16:00).
  4. Comunicar el inicio de la quema antes de encenderla, cuando la autorización así lo exija.

Condiciones de seguridad obligatorias

  • Desbrozar una franja perimetral y disponer de agua o extintor a mano.
  • No dejar la quema desatendida en ningún momento.
  • Suspender si el viento supera la velocidad autorizada o si sube el índice de peligro.
  • Extinguir totalmente y comprobar que no quedan rescoldos antes de marcharse.
  • Comunicar la finalización si así lo pide la autorización.

Sanciones

Quemar sin autorización, en día prohibido o sin cumplir las condiciones puede constituir infracción administrativa (multas desde varios cientos hasta miles de euros) o, si provoca un incendio, delito de incendio forestal con pena de prisión.

En la práctica, las multas más frecuentes son por quemar en época de alto riesgo, por dejar la quema sin vigilancia y por exceder la franja horaria autorizada.

Alternativas: astilladora y compostaje

La Consellería do Medio Rural fomenta cada año programas para reducir las quemas: préstamo o subvención de biotrituradoras, recogida de restos por parte de los ayuntamientos y ayudas al compostaje. Estas convocatorias se publican en el DOGA y en las webs municipales.

Preguntas frecuentes

Enlaces útiles

Sigue las órdenes anuales de quemas

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