Guía· 9 min·Actualizada 2026-07-16

Parques naturales de Galicia: cuáles son y qué protegen

Los seis parques naturales de Galicia y el Parque Nacional Illas Atlánticas: qué protegen, dónde están y qué normativa del DOGA los regula.

Galicia protege parte de su territorio bajo distintas figuras: parques naturales, un parque nacional, monumentos naturales, paisajes protegidos y zonas ZEC/ZEPA de la Red Natura 2000. Los parques naturales son la figura de protección más conocida y la que concentra planes de uso y gestión aprobados por la Xunta y publicados en el DOGA.

Esta guía resume los seis parques naturales gallegos y el único parque nacional (Illas Atlánticas, competencia compartida Estado-Xunta), con la norma que los declaró y a qué te obliga si visitas, trabajas o tienes terreno dentro.

Los seis parques naturales de Galicia

  • Monte Aloia (Pontevedra) — el primero declarado en Galicia, en 1978. Miradores sobre el Baixo Miño.
  • Complexo Dunar de Corrubedo e Lagoas de Carregal e Vixán (A Coruña) — declarado en 1992. La duna móvil más grande de Galicia.
  • Baixa Limia-Serra do Xurés (Ourense) — declarado en 1993, forma parque transfronterizo con el Peneda-Gerês portugués.
  • Fragas do Eume (A Coruña) — declarado en 1997. Uno de los mejores bosques atlánticos costeros de Europa.
  • Serra da Enciña da Lastra (Ourense) — declarado en 2002. Cañones calizos, cuevas y flora mediterránea.
  • O Invernadeiro (Ourense) — declarado en 1997. Alta montaña, acceso muy restringido con permiso previo.

Y el Parque Nacional das Illas Atlánticas

Cíes, Ons, Sálvora y Cortegada forman el Parque Nacional Marítimo-Terrestre das Illas Atlánticas de Galicia, declarado por Ley 15/2002 del Estado. Es la figura de protección más alta y comparte gestión entre el Estado y la Xunta.

El acceso está regulado: en verano hace falta autorización previa para desembarcar en Cíes y en Ons, y las pernoctaciones en camping se limitan por cupos publicados anualmente.

Cómo saber qué normativa los afecta

Cada parque tiene un Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) y un Plan Rector de Uso y Gestión (PRUG) que se aprueban por decreto en el DOGA. Ahí figuran las zonas (reserva, uso restringido, uso general), los usos permitidos y las prohibiciones concretas.

Cualquier modificación de límites, ampliación o actualización del PRUG se publica también en el DOGA. Si tienes una finca en el entorno o quieres pedir una autorización, ese es el texto vinculante.

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