Destinos definitivos para nuevos funcionarios de Tramitación Procesal en Galicia

2026-08-10· Oposiciones y concursos· Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes Alto impacto

Análisis detallado

## Qué cambia Esta resolución formaliza la **adjudicación definitiva de destinos** para el personal que ha superado las pruebas selectivas de ingreso en el **Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa** por el turno de promoción interna (Orden PJC/150/2024). Supone la culminación del proceso selectivo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, transformando a los aspirantes aprobados en funcionarios de carrera con un puesto de trabajo asignado en oficinas judiciales concretas. La norma regula no solo la asignación de plazas, sino también el procedimiento administrativo para la toma de posesión, la gestión de excedencias voluntarias para quienes decidan permanecer en sus cuerpos de origen y los mecanismos para garantizar la continuidad en el percibo de haberes durante el cambio de puesto. ## A quién afecta y cómo * **Funcionarios de carrera recién nombrados (Promoción Interna):** Deben incorporarse a sus nuevos destinos en las oficinas judiciales de Galicia detalladas en el anexo de la resolución. * **Funcionarios que opten por la excedencia:** Aquellos que ya sean titulares en los cuerpos de Gestión Procesal o Auxilio Judicial y prefieran seguir en activo en ellos, quedan exentos de desplazarse físicamente a tomar posesión, siempre que comuniquen su decisión para ser declarados en excedencia voluntaria en el nuevo cuerpo. * **Órganos de gestión de personal y Gerencias Territoriales:** Responsables de tramitar los ceses automáticos, las diligencias de toma de posesión y la actualización de las nóminas mediante el documento F1R. * **Administración de Justicia en Galicia:** Se ve reforzada con la cobertura de plazas estructurales por personal que promociona profesionalmente. ## Plazos y entrada en vigor * **Plazo de toma de posesión:** Veinte días hábiles. * **Inicio del cómputo:** El plazo comenzará a contar a partir del **1 de septiembre de 2026**. * **Permisos por desplazamiento:** En caso de optar por el nuevo cuerpo, se dispone de 1 día (misma localidad), 2 días (distinta localidad) o hasta 3 días (si el origen es Canarias, Baleares, Ceuta o Melilla) para efectuar la toma de posesión dentro del plazo posesorio. ## Qué hacer ahora 1. **Consultar el Anexo I:** Localizar la oficina judicial adjudicada para conocer la ubicación exacta del nuevo destino. 2. **Decidir la situación administrativa:** Evaluar si se toma posesión del nuevo cargo o si se solicita la excedencia voluntaria para permanecer en el cuerpo de origen (Gestión o Auxilio). 3. **Comunicación formal:** Si se opta por la excedencia, contactar con la gerencia territorial o el órgano competente de la comunidad autónoma dentro del plazo de 20 días hábiles desde el 1 de septiembre. 4. **Gestión de haberes:** En caso de toma de posesión, solicitar el permiso retribuido correspondiente para asegurar que el cese en el cuerpo anterior y el alta en el nuevo sean consecutivos, evitando la interrupción en el cobro de la nómina.

A quién afecta

FuncionariosJusticia

veinte días hábiles, que se contarán a partir del 1 de septiembre de 2026

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